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7 agosto, 2025

EVITA QUE EL SAT CONFUNDA TUS TRASPASOS CON INGRESOS.

EVITA QUE EL SAT CONFUNDA TUS TRASPASOS CON INGRESOS.

Las transferencias entre cuentas propias no son ingresos gravables, pero el SAT puede presumir lo contrario si faltan pruebas. Conozca la lista de documentos y las mejores prácticas para blindarse ante auditorías. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) sostiene que todo depósito sin respaldo contable es ingreso gravable, conforme al artículo 59, fracción III, del Código Fiscal de la Federación (CFF). La carga de la prueba recae en el contribuyente, quien debe demostrar que los movimientos entre sus cuentas bancarias no incrementan su patrimonio.

El CFF autoriza a la autoridad a presumir ingresos cuando detecta depósitos sin registro contable. La jurisprudencia VIII-J-2aS-115 del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) refuerza esta posición, pero también enumera la evidencia capaz de desvirtuar la presunción.

Obligación del contribuyente:

  • Demostrar que los depósitos corresponden a traspasos entre cuentas propias.
  • Aportar documentos y, en su caso, peritaje contable que comprueben la inexistencia de ingreso.

Documentos que blindan las transferencias internas:

  • Estado de cuenta bancario que acredita la salida y entrada del mismo importe en cuentas a nombre del contribuyente.
  • Póliza contable con folio y fecha que vincula la operación con la contabilidad electrónica obligatoria.
  • Reporte SPEI o número de folio de transferencia que demuestra la ruta exacta del dinero y la hora de la operación.
  • Comprobante de cheque (imagen y talón) en traspasos interbancarios por cheque, prueba la emisión y cobro.
  • Papel de trabajo o conciliación bancaria explica las diferencias temporales entre registro contable y reflejo bancario.
  • Peritaje contable (opcional) en juicios, certifica que no hay aumento patrimonial y que los saldos cuadran.

Escriba la frase “Traspaso entre cuentas propias” junto con la clave de la cuenta destino. Este detalle, aunque parezca mínimo, se convierte en la primera línea de defensa documental. Tomar en cuenta que Las instituciones financieras están obligadas a reportar al SAT los depósitos en efectivo y las transferencias internas que rebasen $15 000 al mes. Si su flujo requiere importes mayores, incremente el soporte documental y anticipe aclaraciones. Cuando la autoridad determina ingresos presuntos, el contribuyente debe exhibir la evidencia listada. En caso de controversia, puede ofrecer prueba pericial contable para demostrar que los saldos coinciden y no existe ganancia real. Aunque el peritaje implica un costo, resulta menor frente a créditos fiscales por ISR, IVA y accesorios.

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