El 17 de julio de 2025 la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó en el Diario Oficial de la Federación las Disposiciones sobre los factores de riesgos de trabajo para garantizar el derecho al descanso durante la jornada laboral de las personas trabajadoras en bipedestación. Este instrumento reglamenta la reforma de la Ley Federal del Trabajo —conocida como “Ley Silla”— que obliga a los centros de trabajo a dotar de asientos adecuados a quienes desempeñan labores de pie.
Las reglas son de cumplimiento obligatorio en todo el país y se aplican a los sectores de servicios, comercio y establecimientos industriales. Su objetivo principal es prevenir riesgos ergonómicos como fatiga muscular, várices y complicaciones gestacionales derivados de la bipedestación prolongada (más de tres horas continuas).
Plazos clave:
Cuando se aplica correctamente, la Ley Silla reduce dolencias musculoesqueléticas, mejora la concentración y la productividad y promueve entornos inclusivos para mujeres embarazadas y trabajadores con distintas capacidades. Para las empresas, un entorno ergonómico se traduce en menos ausentismo y menor rotación. Cuando se aplica correctamente, la Ley Silla reduce dolencias musculoesqueléticas, mejora la concentración y la productividad y promueve entornos inclusivos para mujeres embarazadas y trabajadores con distintas capacidades. Para las empresas, un entorno ergonómico se traduce en menos ausentismo y menor rotación.
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