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9 mayo, 2025

EL SAT ESTÁ RECHAZANDO DEDUCCIONES MÉDICAS.

EL SAT ESTÁ RECHAZANDO DEDUCCIONES MÉDICAS.

¿Fuiste al doctor, usaste tu tarjeta para pagar y tienes la factura? A pesar de eso, el SAT puede rechazar esa deducción en tu declaración de impuestos anual. Hasta ahora en 2025, muchos contribuyentes han recibido notificaciones donde la autoridad fiscal niega deducciones por servicios médicos, alegando que los médicos que expidieron las facturas tienen un “comportamiento inusual e irregular”.

Esto ha generado preocupación entre expertos y ciudadanos. ¿Qué significa “comportamiento inusual”? ¿Quién determina si tu médico es de confianza? No hay una respuesta clara, ya que el SAT no proporciona explicaciones específicas ni permite aclaraciones previas.

De acuerdo con el Artículo 151, fracción I de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), cualquier persona física puede deducir gastos médicos, dentales, psicológicos o de nutrición si:

  • Pagó con tarjeta o transferencia.
  • Tiene el CFDI (la factura digital) emitido correctamente.
  • Se trata de un gasto real y personal.

Este derecho se protege mediante leyes y claridad en impuestos, indica la asesoría fiscal, pero el SAT está impugnando facturas sin iniciar un procedimiento legal ni ofrecer la oportunidad de defenderse antes. En otras palabras, simplemente te dice que tu deducción ya no sirve… y eso es todo.

El mensaje habitual (que se manda por correo o se encuentra en el buzón tributario) comunica que uno o más médicos con los que el contribuyente tuvo atención médica tienen un “riesgo alto”, y por esta razón, los comprobantes no serán aceptados para fines fiscales.

Lo grave, según especialistas, es que:

  1. No se explica qué irregularidad cometió el doctor.
  2. No se permite al contribuyente demostrar que sí recibió el servicio.
  3. Se traslada la responsabilidad del doctor al paciente.

No del todo. Este proceder puede violar derechos fundamentales, como:

  • El derecho al debido proceso (Artículo 14 Constitucional).
  • El derecho a la privacidad de datos médicos (Artículo 16 y la Ley de Protección de Datos Personales).
  • En algunos casos, incluso se ha pedido a los contribuyentes que entreguen cartas detalladas con diagnósticos médicos, lo cual es una intromisión grave a la privacidad de salud.

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