Después de que circularan noticias que indicaban que empleados del Servicio de Administración Tributaria (SAT) podrían llevar armas, la entidad se pronunció para desmentir estos rumores: “Nuestro personal administrativo no usa ni usará armas”, afirmó la dependencia en un comunicado oficial.
Esta aclaración surge a raíz de la reciente aprobación en el Congreso de una modificación a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, que generó inquietudes al incluir a organismos como el SAT, Pemex, CFE, Banxico y otros en un artículo que permitiría a algunos empleados tener armas “cuando se demuestra su necesidad”.
Sin embargo, el SAT fue enfático: no habrá armamento para los trabajadores encargados de la revisión de impuestos ni para aquellos que manejan trámites en las oficinas. De hecho, señalaron que solo tienen un permiso otorgado por la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) en la modalidad de “seguridad privada en los bienes”, lo que se aplica exclusivamente al personal encargado de la protección de instalaciones.
El dictamen que fue aprobado en el Senado sí permite que empleados de organismos públicos porten armas, pero solo los que tengan funciones de seguridad, y bajo ciertas condiciones que serán confirmadas por la Sedena.
Asimismo, se contempla la posibilidad de que ejidatarios, comuneros y jornaleros puedan poseer rifles de calibre. 22 o escopetas en áreas rurales, mientras que las fuerzas operativas federales podrán emplear armamento más poderoso, como armas automáticas, en situaciones que lo requieran.
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