NUESTROS SERVICIOS

“Nosotros no solo cumplimos obligaciones fiscales. Construimos estructura fiscal sólida.”

En la práctica esto significa que no solo presentamos declaraciones, sino que diseñamos el sistema que soporta la operación del negocio ante cualquier revisión.

Ejemplos concretos:

  • Presentación y revisión estratégica de declaraciones mensuales y anuales (ISR, IVA, retenciones).
  • Diagnóstico preventivo de cumplimiento fiscal antes de una auditoría.
  • Regularización de ejercicios anteriores con reducción de multas y recargos.
  • Revisión de CFDI emitidos y recibidos para validar materialidad y razón de negocios.
  • Atención técnica de requerimientos del SAT.

Un empresario puede cumplir…   pero no necesariamente está protegido.

 -ESTRATEGIA Y PLANEACIÓN FISCAL.-

“La diferencia entre pagar impuestos y administrar impuestos es planeación.”

Aquí analizamos el negocio completo y diseñamos escenarios legales para optimizar la carga fiscal sin salirnos del marco jurídico.

Ejemplos concretos:

  • Reestructura corporativa para reducir carga fiscal de manera legal.
  • Migración estratégica de régimen fiscal.
  • Implementación de sociedades cooperativas de producción o servicios.
  • Planeación de dividendos y CUFIN.
  • Diseño fiscal para compra/venta de inmuebles o activos.

No es evasión, es ingeniería fiscal con fundamento.

-DICTAMEN FISCAL Y FINANCIERO.-

“Un dictamen bien hecho no es un trámite. Es un blindaje.”

Nos adelantamos a la autoridad y detectamos riesgos antes de que los detecte el SAT.

Ejemplos concretos:

  • Dictamen fiscal para efectos del SAT.
  • Dictamen para efectos financieros y bancarios.
  • Revisión profunda de estados financieros y control interno.
  • Auditoría preventiva antes de vender o adquirir una empresa.
  • Opinión técnica sobre contingencias fiscales ocultas.

Un dictamen correcto puede evitar millones en contingencias futuras.

-DEFENSA FISCAL.-

“Cuando llega un crédito fiscal, no improvisamos. Diseñamos estrategia.”

Aquí entramos cuando el empresario ya enfrenta un problema real.

Ejemplos concretos:

  • Defensa contra créditos fiscales determinados por el SAT.
  • Impugnación de multas por revisiones electrónicas.
  • Juicio Contencioso Administrativo ante el TFJA.
  • Recursos de revocación.
  • Amparos en materia fiscal y constitucional.
  • Suspensión de actos dentro del Procedimiento Administrativo de Ejecución (embargos).

No todo crédito se paga… Muchos se combaten técnicamente y se ganan.

 -PLD- PREVENCIÓN DE LAVADO DE DINERO.-

“Hoy el riesgo empresarial no es solo fiscal. Es penal.”

Las obligaciones de PLD pueden generar multas millonarias o incluso consecuencias penales si no se gestionan correctamente.

Ejemplos concretos:

  • Elaboración de Manual de PLD.
  • Identificación y resguardo de expedientes de clientes.
  • Avisos ante la autoridad por actividades vulnerables.
  • Diseño de matriz de riesgo.
  • Implementación de controles internos y capacitación.
  • Defensa ante procedimientos por incumplimiento en materia de PLD.

Cumplir con PLD no es llenar formatos… Es proteger la continuidad del negocio.

Estar al día en los temas fiscales es fundamental para cualquier empresa o emprendedor, ya que garantiza el cumplimiento de las obligaciones ante autoridades como el Servicio de Administración Tributaria y el Instituto Mexicano del Seguro Social, evitando multas, recargos y posibles sanciones que pueden afectar la estabilidad del negocio. Además, una correcta gestión fiscal permite tener claridad sobre los ingresos, gastos y utilidades, facilitando la toma de decisiones estratégicas, el acceso a financiamiento y la participación en licitaciones o proyectos formales. Cumplir en tiempo y forma no solo protege el patrimonio de la empresa, sino que también fortalece su reputación y genera confianza ante clientes, proveedores e inversionistas.

  • SERVICIO DE CONTABILIDAD (PERSONAS FISICAS Y MORALES).

    Son 12 declaraciones mensuales (provisionales) y una anual (total 13 declaraciones al año) la anual puede tener un costo igual o superior a una declaración mensual (si usted paga las 12 declaraciones por anticipado la anual no tendrá costo alguno).”

    Que incluye:

    1. Asesoría contable y fiscal
    2. Llevar contabilidad. (Registros Contables, descarga de facturas de Ingresos y Egresos, conciliación bancaria)
    3. Presentación de la declaración mensual de ISR
    4. Presentación de la declaración mensual de IVA
    5. Presentación de la declaración mensual de ISR POR SALARIOS.
    6. Presentación de la declaración mensual de operaciones con terceros (DIOT).
    7. Emisión de líneas de captura para el pago de los impuestos.
    8. Emisión de constancia de situación fiscal cada que la requiera.
    9. Emisión de opinión de cumplimiento (32B) cada que la requiera.
    10. Revisión de buzón tributario.

    NOMINA MENSUAL.

    Que incluye:

    1. Timbrado de recibos electrónicos (ya sea semanal, quincenal o mensual, no varía costo).
    2. Emisión y envió de recibos electrónicos
    3. Altas en IMSS
    4. Bajas IMSS
    5. Modificaciones de salario IMSS
    6. Cálculo de retención de impuesto ISR por sueldos y salarios
    7. Listas de raya
    8. Cálculo de aguinaldos
    9. Cálculo de periodo de vacaciones y prima vacacional
    10. Cálculos de Finiquitos y liquidaciones
    11. Emisión de líneas de pago IMSS INFONAVIT Y RCV.
    12. Emisión de constancia de situación fiscal del IMSS e INFOAVIT cada que la requiera.
    13. Emisión de opinión de cumplimiento del IMSS e INFONAVIT cada que la requiera.
    14. Chequeo en el portal de Infonavit sobre créditos vigentes de empleados a dar de alta (para evitar Créditos escondidos que posteriormente el patrón deba de pagar en las emisiones de SIPARE)

    SERVICIO DE FACTURACIÓN.

    • EMISION DE FACTURAS DE TIPO INGRESO (PUE) COSTO.
    • EMISION DE COMPLEMENTOS POR FACTURAS A PARCIALIDADES O PAGO DIFERIDO (PPD) COSTO.
    • CURSO ESPECIALIZADO PARA ENSEÑARTE COMO EMPRESA A FACTURAR TU MISMO.

    COMPLEMENTARIAS POR PAGO EXTEMPORANEO.

    • Impuestos SAT
    • IMSS-SIPARE
    • Impuesto S/Nomina

Tramites ante el Servicio de Administración tributaria:

  • Solicitud de Saldos a favor (mensuales y anuales).
  • Revisión de requerimientos.
  • Declaraciones anuales.
  • Activación de Buzón Tributario.
  • Modificación de datos fiscales.
  • Cambio y/o actualización de actividad fiscal.
  • Suspensión de actividades (persona moral o persona física).
  • Aperturas de establecimiento.
  • Revisión de multas.
  • Envió de casos de aclaración.
  • Revisión de pagos de periodos anteriores.
  • Presentación de declaraciones complementarias.
  • Declaraciones por pago extemporáneo.
  • Declaraciones sin movimiento (en ceros).
  • Cálculo de simulación de impuestos a pagar.
  • Renovación de E.firma.
  • Asesoría SAT ID.
  • Generación o renovación de sellos digitales.
  • Emisión de Constancia de situación fiscal.
  • Emisión de 32D.
  • Citas para oficinas SAT.
  • Deducciones de sueldos y salarios (Revisión en portal o asesoría).

Trámites ante el IMSS:

  • Inscripción al registro patronal.
  • Emisión de SIPARE.
  • Alta a empleados en IDSE.
  • Registro de empleados por SUA.
  • Declaraciones de primas de riesgo (anuales).
  • Activación de Escritorio virtual.
  • Activación de Buzón IMSS.
  • Modificación de datos.
  • Ingreso de incapacidades por SUA.
  • Cambio y/o actualización de actividad fiscal.
  • Suspensión de actividades (persona moral o persona física).
  • Aperturas de establecimiento.
  • Revisión de multas.
  • Revisión de pagos de periodos anteriores.
  • Elaboración de SIPARE por pago a destiempo
  • Cálculo de simulación de impuestos a pagar.
  • Renovación de Sellos de acceso IDSE.
  • Emisión de opinión de cumplimiento.

Trámites ante el INFONAVIT:

  • Activación del PORTAL EMPREARIAL INFONAVIT.
  • Activación de medios de contacto.
  • Modificación de datos.
  • Revisión de multas.
  • Revisión de pagos de periodos anteriores.
  • Elaboración de líneas de pago a destiempo
  • Emisión de opinión de cumplimiento.

Trámites federales:

  • Inscripción al ISN.
  • Apertura de establecimiento.
  • Modificación de datos.
  • Revisión de multas.
  • Revisión de pagos de periodos anteriores.
  • Elaboración de líneas de pago a destiempo

El REPSE es un registro obligatorio en México para las empresas o personas que ofrecen servicios especializados o realizan obras especializadas para otras empresas. Este registro se tramita ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y surgió a partir de la reforma de subcontratación (outsourcing) de 2021.

Para saber si necesitas el REPSE, hay una regla clave que estableció la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para el REPSE.

Debes tener REPSE si:

  👉 Tus trabajadores realizan actividades dentro de las instalaciones de otra empresa y

  👉 Esa actividad NO forma parte del objeto social ni de la actividad principal de tu cliente.

Casos donde SÍ necesitas REPSE…

    ✔ Limpieza empresarial

    ✔ Seguridad privada

   ✔ Mantenimiento industrial

   ✔ Servicios de TI con personal en sitio

   ✔ Construcción especializada

   ✔ Reclutamiento o administración de personal

   ✔ Personal que trabaja dentro de instalaciones de tu cliente

 

En nuestro despacho te ayudamos a obtener tu Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas de manera correcta y sin complicaciones.

Te apoyamos en todo el proceso:

    ✔ Análisis de tu actividad para validar si aplica REPSE

    ✔ Integración y revisión de documentación

    ✔ Registro ante la plataforma de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS)

    ✔ Elaboración de objeto social y actividades especializadas

    ✔ Seguimiento hasta la obtención del registro

    ✔ Asesoría para el cumplimiento fiscal y laboral

Que incluye:

  1. Actualizaciones
  2. Modificaciones
  3. Carga de documentos.
  4. Declaración ICSOE (informativa de servicios de obra especializados).
  5. Declaración SISUB (sistema de información de subcontratación).
  6. Llamadas a la secretaria de previsión social.

 

¡Recuerda! La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) puede imponer multas muy altas por prestar servicios especializados sin registro. 💰 Las multas pueden ir aproximadamente de 2,000 a más de 50,000 UMA, lo que puede representar cientos de miles o incluso millones de pesos dependiendo del caso.

“Una empresa mal diseñada hoy es un problema fiscal mañana.”

No solo constituimos sociedades. Diseñamos estructuras inteligentes.

Ejemplos concretos:

  • Constitución de sociedades mercantiles y cooperativas.
  • Diseño de objeto social estratégico.
  • Protocolos de beneficiario controlador.
  • Reestructuración de grupo empresarial familiar.
  • Blindaje patrimonial entre socios.
  • Planeación para cambio generacional.
  • La constitución no es un trámite notarial.

 

En los últimos años, la figura de la Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) se ha vuelto muy popular en México por su facilidad de constitución. Sin embargo, muchas personas se confunden cuando escuchan hablar de una “SAS de C.V.”.

¿Es lo mismo? ¿Son diferentes? Aquí te lo explicamos de manera sencilla.

¿Qué es una SAS?

La SAS es un tipo de sociedad mercantil en México que se puede constituir en línea, sin costo de notario, a través del

portal de la Secretaría de Economía.

  • Puede estar conformada por una sola persona (accionista).
  • Tiene un límite de ingresos anuales (actualmente alrededor de 7 millones de pesos, sujeto a actualización).
  • Es ideal para emprendedores que comienzan formalmente.

Es una figura pensada para negocios pequeños o en etapa inicial.

¿Qué significa “de C.V.”?

“C.V.” significa Capital Variable.

Cuando una empresa es “de C.V.”, quiere decir que su capital puede aumentar o disminuir sin necesidad de modificar completamente el acta constitutiva ante notario.
La mayoría de las sociedades en México, como la Sociedad Anónima de Capital Variable (S.A. de C.V.), utilizan esta modalidad porque facilita el crecimiento y la entrada de nuevos socios.

Entonces… ¿existe la SAS de C.V.?

Legalmente, la SAS ya es de capital variable por naturaleza. Es decir, no necesita agregar “de C.V.” porque su estructura ya permite esa flexibilidad dentro de sus reglas.
Por eso, cuando alguien dice “SAS de C.V.”, normalmente es una forma coloquial de hablar, pero jurídicamente la figura correcta es simplemente SAS.

¿Cuál te conviene más?

✅ Te conviene una SAS si:

  • Vas empezando tu negocio.
  • Facturas menos del límite permitido por ley.
  • Quieres formalizarte de manera rápida y económica.
  • No tienes socios (o solo uno).

✅ Te conviene una S.A.S de C.V. si:

  • Planeas crecer rápidamente.
  • Tendrás varios socios o inversionistas.
  • Superarás el límite de ingresos de la SAS.
  • Necesitas mayor estructura corporativa.

Conclusión…

  • La SAS es ideal para emprendedores que buscan facilidad y bajo costo al iniciar.
  • La S.A.S de C.V. es más recomendable cuando el negocio proyecta crecimiento, inversión y mayor formalidad corporativa.

¡Constituye tu empresa de manera fácil, rápida y segura!

¡En nuestro despacho te ayudamos a crear tu empresa bajo la modalidad que tu decidas!

Nos encargamos de todo el proceso:

   ✔ Asesoría personalizada para elegir la mejor opción

   ✔ Elaboración de acta constitutiva

    ✔ Registro ante SAT

    ✔ Fiel y acuse del tramite

    ✔ Alta de accionistas

    ✔ Trámites legales y fiscales

    ✔ Inscripción al registro publico de comercio.

    ✔ Acompañamiento posterior.

    ✔ Certificado de sellos digitales para facturar.

Formaliza tu negocio, protege tu patrimonio y crece con bases sólidas.

Antes de elegir, siempre es recomendable analizar el tamaño, proyección y estructura de tu negocio.

📌 PERSONAS FÍSICAS.

Régimen Simplificado de Confianza (RESICO – PF).

  • Para personas con ingresos menores a $3.5 millones al año.
  • Tasa de ISR baja (1% a 2.5%).
  • Cálculo sencillo basado en ingresos efectivamente cobrados.
  • Ideal para pequeños negocios o profesionistas.

 

Sueldos y Salarios.

  • Para trabajadores que laboran para un patrón.
  • El empleador retiene y paga el ISR.
  • No siempre están obligados a presentar declaración anual (depende del caso).

 

Actividades Empresariales y Profesionales.

  • Para quienes tienen negocio propio o prestan servicios profesionales (honorarios).
  • Pagan ISR e IVA.
  • Presentan declaraciones mensuales y anual.

 

Arrendamiento.

  • Para quienes rentan casas, locales o terrenos.
  • Pagan ISR e IVA (en locales comerciales).
  • Pueden deducir gastos relacionados con el inmueble.

 

Plataformas Digitales.

  • Para quienes venden o prestan servicios por apps (Uber, Didi, Airbnb, Mercado Libre, etc.).
  • La plataforma retiene impuestos.
  • Puede ser pago definitivo o presentar declaraciones.

 

Incorporación Fiscal (RIF).

  • Ya no admite nuevos ingresos (solo quienes estaban antes de 2022).
  • Tenía reducción gradual de impuestos por 10 años.

 

Otros ingresos.

Como:

  • Enajenación de bienes (venta de propiedades).
  • Intereses.
  • Dividendos.
  • Premios.

 

📌 PERSONAS MORALES (EMPRESAS)

Régimen General de Ley.

  • Para la mayoría de las empresas (S.A., S. de R.L., etc.).
  • Pagan 30% de ISR sobre utilidad.
  • Declaraciones mensuales y anual.

 

Régimen Simplificado de Confianza (RESICO – PM).

  • Para personas morales cuyos socios sean personas físicas y con ingresos menores a 35 millones anuales.
  • Pagan ISR sobre flujo de efectivo (ingresos cobrados).
  • Simplifica el cálculo.

 

Personas Morales con Fines No Lucrativos.

  • Ejemplo: asociaciones civiles, sindicatos, escuelas, iglesias.
  • No pagan ISR por actividades propias de su objeto social.
  • Sí pueden pagar por actividades distintas.

 

Coordinados.

  • Para autotransporte (carga o pasajeros).
  • Facilidades administrativas especiales.

 

Elegir el régimen correcto es clave para pagar lo justo. Si tienes dudas, contáctanos y te orientamos.

Condiciones de Trabajo y Requerimientos para Nuestros Clientes.

A fin de garantizar un servicio contable eficiente, preciso y conforme a la normativa fiscal vigente, es necesario establecer las condiciones de colaboración entre nuestro despacho y usted como cliente. Estas condiciones permiten mantener una comunicación clara, evitar retrasos y asegurar que su cumplimiento fiscal se lleve a cabo de manera correcta.

1. Información y Documentación Necesaria.
Para realizar adecuadamente nuestros servicios, requerimos que el cliente proporcione la siguiente información de manera oportuna, completa y verídica:
a) Accesos:

  • e. Firma vigente.
  • Contraseña de acceso al SAT.

b) Documentación bancaria:

  • Estados de cuenta bancarios completos, con todos los movimientos del mes.
  • Información sobre créditos, préstamos o financiamientos que afecten la contabilidad.

c) Información general.

  • Cambios en el domicilio fiscal.
  • Modificaciones en el régimen fiscal o actividades económicas.
  • Informar de aperturas de establecimientos y nuevas sucursales correspondientes a su actividad para evitar multa con dependencias (SAT, IMSS, ISN, INFONAVIT Y SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL).

d) Comprobante de pago.

  • Depósito de su honorario contable completo.

2. Fechas de Entrega.
Para cumplir con las obligaciones fiscales en tiempo y forma, es indispensable que la documentación mencionada se entregue máximo durante los primeros 5 días hábiles del mes, salvo que se indique una fecha distinta por parte del despacho.

3. Comunicación.
El cliente se compromete a mantener una comunicación clara y constante, informar con anticipación cualquier modificación relevante en sus operaciones y responder solicitudes de información adicional cuando sea necesario, vía correo “33@rcadespacho” o llamada “871-711-0644”.

4. Responsabilidades del Cliente.
El cliente reconoce que la exactitud de la información proporcionada es fundamental para la correcta elaboración de la contabilidad.

5. Confidencialidad.
Toda la información proporcionada será manejada con estricta confidencialidad.

6. Honorarios.
Los honorarios se establecen con base en el volumen de información, el régimen fiscal y la complejidad de las operaciones.

7. Cuenta bancaria.
La cuenta oficial para deposito es la siguiente:
RCA Despacho Contable Fiscal y Jurídico S.A.S. de C.V. BBVA
*CLABE INTERBANCARIA 01-2060-0011-3097-6251
*NUMERO DE CUENTA 0113-0976-25
HACER CASO OMISO A CUALQUIER OTRA CUENTA QUE SE LE PUEDA HACER LLEGAR.

8. Aceptación de Condiciones
El envío de documentación, uso de nuestros servicios o firma de contrato implica la aceptación de estas condiciones de trabajo.