Las nuevas disposiciones entraron en vigor el 22 de octubre. Quienes ya están inscritos conservarán sus condiciones actuales hasta concluir el periodo contratado, pero una eventual reincorporación estará sujeta a nuevas restricciones.
Ciudad de México, 27 de octubre de 2026. El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) estableció nuevas condiciones para la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, conocida como Modalidad 40, mediante un acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de octubre de 2026 y vigente a partir del día hábil siguiente. Las medidas modifican las condiciones de incorporación y podrían afectar la estrategia pensionaria de miles de trabajadores que buscan mejorar el monto de su futura jubilación.
La Modalidad 40 permite a las personas que causaron baja del régimen obligatorio continuar realizando aportaciones por cuenta propia para acumular semanas cotizadas y, particularmente para quienes pertenecen al régimen de la Ley del Seguro Social de 1973, mejorar los factores que intervienen en el cálculo de su pensión.
¿Cuáles son los principales cambios?
- Se limita el salario base para las nuevas incorporaciones
Uno de los cambios más relevantes consiste en establecer que el salario base de cotización para las nuevas incorporaciones o reincorporaciones será el último registrado ante el IMSS al momento de causar baja, con un incremento máximo equivalente a una Unidad de Medida y Actualización (UMA). En ningún caso podrá ser inferior al salario mínimo general aplicable.
Esta disposición representa un cambio importante frente al esquema anterior, que permitía elegir un salario de cotización más elevado dentro de los límites legales. En consecuencia, las personas cuyo último salario registrado haya sido bajo podrían tener menos posibilidades de incrementar el promedio salarial utilizado para calcular su pensión.
- Se eliminan las nuevas contrataciones retroactivas
El acuerdo establece que los nuevos aseguramientos surtirán efectos exclusivamente a partir de la fecha en que se presente la solicitud ante el Instituto.
Con ello, se restringe la posibilidad de incorporarse retroactivamente para cubrir periodos anteriores mediante una nueva contratación. Esta medida puede afectar a quienes planeaban recuperar tiempo sin cotizar o diseñar una estrategia pensionaria basada en pagos correspondientes a meses previos.
- Los trámites de incorporación serán exclusivamente digitales
El IMSS deberá realizar los ajustes necesarios para que las nuevas inscripciones se efectúen mediante mecanismos digitales que permitan dar seguimiento y verificar la consistencia de los registros afiliatorios.
El Instituto también contempla la habilitación de un canal de atención para revisar casos especiales relacionados con la aplicación de las nuevas disposiciones.
¿Qué sucede con las personas que ya están inscritas?
Uno de los puntos más importantes del acuerdo es que las personas que ya se encontraban inscritas en la Modalidad 40 al entrar en vigor las nuevas medidas conservarán las condiciones actuales hasta concluir el periodo contratado.
Asimismo, las semanas cotizadas y los salarios efectivamente pagados conservarán su validez para el reconocimiento de los derechos pensionarios correspondientes.
Sin embargo, esto no significa que las condiciones anteriores estén garantizadas de manera indefinida. Una vez concluido el periodo contratado, quienes deseen reincorporarse deberán sujetarse a las reglas establecidas en el nuevo acuerdo.
Por lo tanto, las personas que actualmente cotizan con un salario elevado deben revisar la vigencia de su contratación y evaluar las implicaciones que tendría una eventual interrupción o necesidad de reincorporación.
¿Cómo pueden afectar estos cambios a la futura pensión?
Las repercusiones dependerán del régimen pensionario de cada trabajador, de su historial salarial, de las semanas cotizadas y de su situación particular.
En el caso de quienes se encuentran bajo la Ley del Seguro Social de 1973, el promedio salarial de las últimas 250 semanas cotizadas y el total de semanas reconocidas son factores relevantes para determinar el monto de la pensión, junto con los demás elementos previstos en la legislación aplicable.
Por esta razón, las restricciones al salario base para nuevas incorporaciones pueden reducir las posibilidades de que algunas personas eleven su promedio salarial mediante la Modalidad 40. El impacto no será igual para todos: dependerá de los salarios registrados, las semanas acumuladas y el tiempo que falte para solicitar la pensión.
Es importante aclarar que las nuevas disposiciones no eliminan automáticamente las pensiones ni anulan las cotizaciones previamente reconocidas.
¿La Modalidad 40 desaparece?
No. El acuerdo no elimina la Modalidad 40, pero establece restricciones temporales para las nuevas incorporaciones y ordena revisar su impacto financiero.
El Consejo Técnico del IMSS instruyó a la Dirección de Finanzas a realizar un análisis en un plazo máximo de seis meses. Posteriormente, la Dirección Jurídica tendrá hasta otros seis meses, contados desde la recepción de los resultados, para coordinar una propuesta de modificaciones normativas que deberá someterse a consideración del propio Consejo Técnico.
Esto significa que podrían presentarse nuevas propuestas en el futuro, pero cualquier cambio adicional deberá revisarse conforme a las disposiciones que efectivamente se emitan.
¿Qué deben hacer los asegurados?
Ante este nuevo escenario, es recomendable que las personas interesadas en pensionarse bajo el régimen de la Ley de 1973:
- Verifiquen su régimen pensionario y las semanas reconocidas por el IMSS.
- Revisen su último salario base de cotización y su historial salarial.
- Confirmen el periodo contratado y la vigencia de sus pagos, si ya están inscritos en Modalidad 40.
- Analicen las consecuencias de una baja, interrupción o reincorporación antes de tomar decisiones.
- Soliciten una evaluación individual de su estrategia pensionaria antes de realizar pagos o comprometer recursos económicos.
También es importante recordar que la Modalidad 40 no otorga por sí misma servicios médicos, por lo que las necesidades de cobertura de salud deben analizarse por separado.
Conclusión
Los cambios establecidos en octubre de 2026 representan una modificación importante para quienes contemplaban utilizar la Modalidad 40 como herramienta para incrementar su pensión. Aunque las personas actualmente inscritas conservan sus condiciones durante el periodo contratado y mantienen el reconocimiento de sus cotizaciones efectivamente pagadas, las nuevas restricciones pueden modificar las opciones disponibles al momento de una reincorporación.
La recomendación es no tomar decisiones precipitadas ni asumir que todos los asegurados tendrán las mismas consecuencias. Cada caso debe evaluarse con base en el régimen aplicable, el historial de cotización y las disposiciones vigentes del IMSS.
Fuente normativa: Acuerdo ACDO.AS2.HCT.101026/302.P.DG, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de octubre de 2026.
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