“LA CORTE DA LUZ VERDE AL SAT PARA IMPONER MULTAS FISCALES”
La Suprema Corte de Justicia de la Nación confirmó que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) sí tiene la autoridad legal para aplicar multas a los contribuyentes que no presenten sus declaraciones fiscales en el tiempo establecido o que incumplan con el uso de las plataformas electrónicas oficiales. La resolución surgió después de analizar un amparo en el que se cuestionaba si estas sanciones eran constitucionales, concluyendo finalmente que no violan los derechos de los contribuyentes.
El caso inició cuando una persona recibió tres multas por entregar sus declaraciones fuera de plazo. Tras intentar impugnarlas sin éxito en distintas instancias legales, el asunto llegó a la SCJN, donde se determinó que las sanciones fiscales son válidas y están respaldadas por la ley.
No obstante, la Corte también aclaró que el SAT no puede imponer las multas de manera arbitraria. La autoridad debe justificar el monto aplicado tomando en cuenta aspectos como la gravedad de la falta, si el contribuyente ha reincidido y su situación económica. Además, el SAT está obligado a explicar detalladamente por qué fija una cantidad específica dentro de los límites permitidos por la ley; de lo contrario, la multa podría ser anulada.
Actualmente, el Código Fiscal contempla sanciones que van del 10% al 40% del impuesto omitido por no presentar declaraciones en tiempo. Con este fallo, la SCJN dejó claro que el sistema de multas fiscales es legal, aunque su aplicación debe estar debidamente fundamentada y motivada.
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