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29 julio, 2022

SE ACABA EL TIEMPO PARA PEDIR DEVOLUCIÓN AUTOMÁTICA AL SAT.

SE TERMINA EL TIEMPO PARA PEDIR DEVOLUCIÓN AUTOMÁTICA AL SAT.

Contribuyentes Este domingo 31 de julio vence el plazo para que las personas naturales soliciten la devolución automática de los pagos de impuestos a la Administración Tributaria (SAT).

 “Estamos a unos días de que se termine el plazo para solicitar la devolución automática, esto no quiere decir que los contribuyentes no la puedan solicitar posteriormente y que sería un trámite de solicitud de devolución convencional, a través del sistema de devoluciones del SAT”. Comentó en entrevista Roberto Colín, integrante de la comisión técnica fiscal 2 del Colegio de Contadores Públicos de México.

El sistema de devolución automática es una facilidad que aplica a las personas físicas que presenten su planilla anual en el año 2021 y que identifiquen un crédito fiscal sobre la renta (ISR) benéfico. Los encuestados aconsejaron a los contribuyentes que no soliciten un reembolso después de la fecha límite acordada, ya que requeriría más esfuerzo procesar un reembolso regular.

 “No es que sea complejo, el sistema es ágil, pero sí hay que hacer procesos para la devolución. En cambio, con la devolución automática sólo hay que seleccionar la opción (en el portal) de la propia devolución cuando se presenta la declaración anual”, dijo el integrante del colegio.

Para los profesionales, la gran diferencia entre una devolución regular y un sistema de devolución automatizado es la rapidez con la que el SAT devuelve el crédito al contribuyente, simplificando aún más el proceso automatizado. Los datos del primer trimestre del año mostraron que los rendimientos del saldo de crédito se entregaron en promedio en 16,6 días, 1,3 días menos que en el mismo período de 2021. Tenga en cuenta que la ley fiscal federal establece un plazo de 40 días hábiles. El SAT informó que en los primeros tres meses del año se procesaron 82.827 pagos de rescate de ISR, un 50,1% más que en igual período de 2021. Las devoluciones automáticas se basan en el saldo a favor del contribuyente en la declaración anual correspondiente del ejercicio fiscal 2021. Es decir, para los contribuyentes que requieran devoluciones automáticas para años posteriores, esta opción no será válida. Alternativamente, si el saldo a favor es de 10.000 pesos o menos, se puede depositar la planilla anual con clave sin utilizar firma electrónica (e.firma). Mientras que, si el saldo es mayor a 10.000 y no supera los 150.000 pesos, el contribuyente puede presentar la declaración clave anual, siempre que opte por una cuenta Clabe activa de 18 dígitos a nombre del interesado. No obstante, en caso de que el contribuyente ingrese a la cuenta Clabe que no esté precargada en el sistema, el contribuyente deberá presentar una declaración anual mediante firma electrónica o firma electrónica en el teléfono móvil.

Cabe aclarar que los contribuyentes con saldos acreedores mayores a 150,000 pesos o que soliciten devolución para ejercicios fiscales distintos al 2021 no podrán reclamar devolución de manera automática, y los contribuyentes que en el año no podrán obtener financiamiento previo al ingreso de una propiedad o negocio de propiedad conjunta o heredada. Además, quienes presenten una solicitud de devolución de impuestos a través de publicidad electrónica, antes de que estén disponibles los resultados del anuncio anual, o presenten una declaración anual regular o complementaria del año fiscal anterior, pero no eligieron la opción. Reembolso, entre otras cosas modelos.

Eleconomista.mx

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